REGLAMENTO

Disposiciones Generales

  1. Los aspirantes a ingresar en la Institución, estarán sujetos al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente reglamento.
  2. Para efectos de revalidación o equivalencia, el aspirante tendrá que acudir a la autoridad respectiva, quien le señalara los trámites a seguir, así como el ciclo escolar correspondiente.
  3. Los aspirantes a ingresar, que sean admitidos; adquirirán la condición de alumnos; con todos los derechos y obligaciones que establezcan los manuales y disposiciones generales.

Inscripción

  • Para efectos de oficializar la inscripción, los alumnos de nuevo ingreso deberán entregar la siguiente documentación:
  • Original y dos copias del acta de nacimiento
  • Copia del Curp
  • Original y dos copias de los certificados de estudio de los niveles inmediatos anteriores, según sea el caso.
  • Cuatro fotografías tamaño infantil, blanco y negro o a color.
  • Los alumnos extranjeros, además de los documentos antes señalados, deberán presentar la constancia de su estancia legal en México.
  • Para reinscribirse al ciclo inmediato superior como alumno regular, deberá haber acreditado todas las asignaturas correspondientes al ciclo inmediato anterior.
  •  Únicamente se aceptará inscripción al ciclo inmediato superior a alumnos irregulares que adeudan, hasta tres asignaturas de los dos ciclos inmediatos anteriores al  que se pretendan inscribir, para lo cual será necesario respetar la seriación de las asignaturas establecidas en el plan de estudios respectivo.
  • En el caso de que un alumno irregular adeude más de tres signaturas de los ciclos inmediatos anteriores, deberá ingresar a un programa de regularización a fin de acreditar las asignaturas no aprobadas hasta alcanzar la categoría de alumnos regular y poder continuar con sus estudios. La duración máxima del programa de regularización será de un año.
  • Los alumnos que hayan interrumpido sus estudios podrán reinscribirse siempre y cuando la duración máxima de estudios sea 1.5 veces la duración marcada en el plan de estudios a partir de la primera inscripción.
  • En el caso de estudios interrumpidos, si en el momento de solicitar su reinscripción  el plan de estudios vigente fuera diferente al curado originalmente por el alumno, este tendrá que someter a los procedimientos de equivalencia que la autoridad  educativa correspondiente establezca.
  • Los trámites señalados en el presente reglamento deberán de ser realizados por el propio interesado, por el propio o por sus padres, tutores o apoderados en aquello que proceda. Quien no logre complementar totalmente los trámites correspondientes en los plazos especificados para tal efecto, renuncia por ese hecho a ellos, ya sea de inscripción o reinscripción.

Derechos y obligaciones de los Alumnos

  1. Son derechos de los alumnos:
  2. Recibir de la Institución la formación académica correspondiente a cada plan de estudios.
  3. Ser tratados con respeto, dignidad y justicia por las autoridades universitarias, por el personal académico, por sus compañeros y por el personal administrativo.
  4. Disfrutar de las instalaciones de la institución de acuerdo con sus propias normas complementarias.
  5. Participar en los diversos eventos que organice la institución.
  6. Ejercer la libertad de expresión, sin más límite que el respeto y el decoro debidos a la institución, a las autoridades, a su ideario, al presente reglamento y a la comunidad universitaria.
  7. Recibir las constancias de estudios, títulos, diplomas y grados a que se hagan acreedores.
  8. Recibir los estímulos académicos que la institución establezca.
  9. Recibir dentro de la primera semana de clases, los programas de estudio de las asignaturas que curse.
  10. Obtener revisión de exámenes, ordinarios o extraordinarios, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos por la institución.
  11. Son obligaciones de los alumnos:
  12. Cumplir con las disposiciones del presente reglamento y con las normas complementarias, comprometiéndose a ello, sin pretender ninguna excepción.
  • Conducirse con respeto, decoro y justicia para con las autoridades universitarias, con el personal académico, con sus compañeros y con el personal administrativo.
  • Cubrir los requerimientos financieros y administrativos en forma puntual.
  • Comprometerse prioritariamente en el cumplimiento íntegro de su respectivo plan de estudios.
  • Cumplir y colaborar con los servicios académicos complementarios y extracurriculares.
  •  Usar las instalaciones y equipos de la institución adecuadamente y sin causar daños a los mismos.
  • Asistir  clases a tiempo.
  • Portar su credencial normal para tener derecho a entrar a la Institución a aquellas para usar sus servicios e instalaciones complementarias.
  • Entregar sus tareas y trabajos en las fechas solicitadas.
  • Contestar los exámenes.
  • Los alumnos no podrán usar públicamente, sin autorización, por escrito de la Junta de Gobierno, el nombre, las siglas, el escudo, el lema y el logotipo oficiales de la institución en acciones personales o de grupo. Tampoco podrán ostentarse como representantes de la institución, verbalmente o por escrito, ni promover eventos de cualquier índole, sin mencionada autorización. 

Bajas Académicas y Sanciones

  1. En caso de suspensión, se comunicará por escrito al interesado, al mismo tiempo que se le amonestara para evitar su reincidencia y se consignará el hecho en el expediente personal del alumno.
  2. La segunda suspensión no podrá exceder de 15 días hábiles.
  3. El alumno que sea suspendido dos veces y reiniciada a su proceder inadecuado, si fuese sancionado lo será con baja definitiva.
  4. El alumno podrá causar baja definitiva por alguna de las siguientes causas:
  5. Por voluntad propia.
  6. Por insuficiencia académica.
  7. Por conducta universitaria inadecuada.
  8. Por incumplimiento a las obligaciones financiero- administrativas.
  9. Por impedimento especial.
  10. Se entiende por como baja por propia voluntad, la que solicite el alumno libremente mediante oficio presentado bajo el procedimiento que establezca la institución.

 La fecha de recepción del documento será reconocida para los fines financiero-            administrativos.

  1. Se entiende por baja por insuficiencia académica:
  2. Reprobar en un mismo ciclo escolar, incluidos los exámenes extraordinarios más de tres asignaturas y no habiendo ingresado al programa de regularización, o después de un año en el programa de regularización, adeudar más de tres asignaturas.
  3. Agotar las oportunidades a las que tiene derecho para acreditar una asignatura.
  4. Adeudar una materia de más de tres semestres de diferencia al semestre que se debiera inscribir, salvo que ingrese al programa de regularización y acredite la materia.
  5. Se entiende por conducta universitaria inadecuada:
  6. Atentar dentro del recinto universitario, contra las buenas costumbres.
  7. Introducir, usar y/o vender enervantes, narcóticos, psicotrópicos o ingerir bebidas embriagantes dentro del recinto universitario o presentarse al mismo bajo los efectos de estas sustancias. Fumar en el interior de las aulas, pasillos, laboratorios, talleres u oficinas.
  8. Atentar contra las instalaciones y equipo universitario, contra las personas o bienes de las autoridades, del personal, de los profesores, de los alumnos y de los visitantes de la institución.
  9. Faltar al respeto a la institución o a cualquiera de los miembros de la comunidad universitaria autoridades, maestros, empleados, alumnos y visitantes.
  10. Alterar o interrumpir las actividades académicas, administrativas generales oficiales de la institución.
  11. Alterar o falsificar documentos escolares y otros documentos oficiales de la institución.
  12. Ingresar a la institución con documentación falsa o apócrifa.
  13. Desacatar cualquier disposición del presente reglamento y/o normas complementarias.
  14. Se entiende por incumplimiento a las obligaciones financiero-administrativas, adeudar hasta dos pagos consecutivos de colegiatura. La institución podrá aplicar las medidas que considere convenientes en el momento que detecte que el alumno debe algún pago.
  •  Se entiende por impedimento especial, algún elemento de diferente índole, ajeno o no a la voluntad del alumno que, a juicio obstaculice su desempeño dentro de la misma.
  • Será baja temporal cuando esta no exceda de dos ciclos escolares y baja definitiva cuando el alumno quede inhabilitado para continuar con sus estudios en la institución.
  • Cuando un alumno sea dado de baja definitiva en un programa académico, por conducta universitaria inadecuada, no podrá ser admitido en ningún otro programa académico de la institución.
  • A partir de la fecha del dictamen de suspensión, el alumno quedará suspendido de sus derechos, permaneciendo sus obligaciones financiero-administrativas.
  • En los casos de baja temporal o definitiva, el alumno deberá liquidar los adeudos que existan a su cargo hasta la fecha oficial de baja, para que tenga derecho a la devolución de sus documentos personales. La baja procederá una vez que el alumno presente por escrito, la forma de aviso de baja debidamente autorizada por la Dirección.

Cambio de Carrera

  • El cambio de carrera de un alumno inscrito en la institución quedara bajo la responsabilidad del propio interesado y coordinador del programa académico correspondiente. Solo podrá efectuarse en las fechas señaladas para tal efecto antes de cubrir el 50% de los créditos correspondientes de la carrera original.
  • El alumno deberá presentar por escrito la petición de cambio de carrera y cumplir con lo requerido por servicios escolares y finanzas.
  • Cuando el cambio de carrera sea aceptado, será notificado el coordinar, servicios escolares y finanzas.
  • Cuando el cambio de carrera sea rechazado el alumno podrá optar por permanecer en la carrera original o solicitar baja definitiva de la institución.

Exámenes

  • Los exámenes tendrán por objeto:
  • Que el profesor disponga de los elementos para valorar la eficiencia de la enseñanza y del aprendizaje.
  • Que el estudiante conozca el grado de formación que ha adquirido.
  • Que mediante la calificación obtenida se pueda dar testimonio de la capacidad del estudiante.
  • Los profesores estimaran la capacidad de los estudiantes de las siguientes formas:
  • Apreciación de los conocimientos y aptitudes adquiridas por el estudiante durante el curso, mediante su participación en las clases, su desempeño en los ejercicios, prácticas y trabajos.
  • Apreciación de los conocimientos y aptitudes adquiridas por el estudiante mediante los resultados de los exámenes parciales que les sean aplicados durante el ciclo escolar.
  • Si el profesor considera que los exámenes anunciados anteriormente, son suficientes para calificar al alumno, lo eximirá de examen ordinario, siempre y cuando ;
  • Su promedio general de los exámenes parciales sea igual o superior de 9.0.
  • Tenga  como mínimo el 80% de asistencia en el curso.
  • Que no haya reprobado ningún examen parcial.
  • Este al corriente en el pago de sus colegiaturas.
  • El alumno tendrá tres oportunidades para acreditar cada asignatura, sin causar baja de la institución.
  • Examen ordinario – examen extraordinario – examen extraordinario.
  • Examen ordinario – examen extraordinario – recurse de materia.
  • Examen ordinario – recurse de materia – examen extraordinario.
  • El alumno que no logre acreditar la asignatura correspondiente en las oportunidades a que se refiere el artículo anterior, causará baja definitiva de la Institución.
  • Se entiende por examen  ordinario aquel examen global que el alumno presenta al término del ciclo escolar en el que está inscrito.
  • Se entiende por examen extraordinario aquel que se presenta, en los periodos oficiales, al no haber acreditado la asignatura en el ciclo escolar correspondiente.
  • Al término de cada ciclo escolar, se programará un periodo de exámenes ordinarios y uno de exámenes extraordinarios.
  • Las asignaturas de los programas académicos no podrán acreditarse mediante exámenes extraordinarios; cuando no han sido cursadas dentro de la institución.
  • La escala calificación oficial será de 5 al 10, siendo el 6 mínimo aprobatorio.   
  • Cuando un alumno no demuestre poseer los conocimientos y aptitudes suficientes para acreditar una asignatura, se expresará en los conocimientos la calificación 5.
  • Deberán presentar el examen ordinario aquellos alumnos que no habiendo quedando exentos, reúnan por lo menos el 80% de la asistencia del curso, que estén al corriente en el pago de sus colegiaturas, que hayan presentado los ejercicios, los trabajos y sus exámenes parciales, los ejercicios, los trabajos y realizado las practicas obligatorias de la asignatura; de igual manera para la obtención de la calificación final de la  asignatura se promediará la calificación del examen ordinario con el promedio de los 3 exámenes parciales.
  • Los alumnos que no reúnan las condiciones establecidas en el artículo anterior, deberán presentar el examen extraordinario correspondiente, siempre y cuando reúnan por lo menos el 50% de asistencia del curso, que estén al corriente en el pago de sus colegiaturas y se inscriban en tiempo y forma al examen extraordinario. Los alumnos que no cumplan estos requisitos, tendrán que recursar la asignatura en cuestión siempre y cuando no tengan vencidas las convocatorias que establece el art. 34.
  • El periodo de exámenes ordinarios será el término de los cursos correspondientes.
  • Los exámenes ordinarios serán efectuados por el profesor del curso y deberán ser escritos, excepto cuando a juicio de la institución las características de la asignatura obliguen a otro tipo de prueba. La única opción que no podrá autorizarse para el examen ordinario será la oral.
  • Los exámenes extraordinarios se efectuaran en los periodos señalados en el calendario escolar. Las pruebas deberán ser siempre escritas y en concordancia con los contenidos programáticos autorizados.
  • Los estudiantes tendrán derecho a presentar hasta tres exámenes extraordinarios por periodo escolar.
  • Todos los exámenes ordinarios y extraordinarios, deberán ser guardados en la institución, por lo menos durante 6 meses.

“Educación constante servicio de excelencia”